Violencia de motivación política y graves violaciones de derechos humanos
Víctimas de violación
del derecho a la vida
hernaniarras o en Hernani
En cuanto a las 16 víctimas de violación del derecho a la vida, todos ellos, salvo Aurelia Jiménez, son varones con edades comprendidas entre los 25 y los 54 años; y a excepción de uno de los casos cuya causa de la muerte fue un atentado con coche bomba, el resto falleció por heridas de arma de fuego[216]. Siguiendo los parámetros establecidos por el Informe Foronda en relación al estatus de estas víctimas[217], 12 eran civiles (75%), dos militantes de ETA (12,5%) y dos agentes policiales (12,5%). De los 12 civiles fallecidos, cinco fueron causados por grupos de extrema derecha o parapoliciales, otros cinco por ETA[218] (de los cuales tres fueron acusados por los autores de confidentes, uno de narcotráfico y un quinto era un hostelero extorsionado), uno por la Guardia Civil, y sobre la autoría de uno de los casos existen versiones diferentes; si bien fue reivindicado por un grupo autónomo desconocido hasta la fecha y del que en adelante no hubo más noticias, el Grupo Autónomo de Autodefensa de Euskadi (GAAE). En cuanto a los militantes de ETA fallecidos, los victimarios fueron miembros de los GAL; mientras que ETA fue la responsable de las muertes de los dos agentes policiales[219].
En total, 14 de los 16 fallecidos eran hernaniarras (cuatro naturales y vecinos de Hernani, tres naturales pero no vecinos y siete vecinos pero no nacidos en el municipio). De estos 14, siete fallecieron en Hernani y siete en otros municipios de Euskal Herria. Con respecto a las dos víctimas no hernaniarras, se trata de personas fallecidas en Hernani pero que no eran ni naturales ni vecinos de la localidad.
Si atendemos a la autoría, de los 14 hernaniarras víctimas de violación del derecho a la vida, en ocho ocasiones la responsabilidad recae sobre grupos de extrema derecha o parapoliciales (también denominada violencia política estatal) (57,14%)[220]. En cinco casos los autores fueron militantes de ETA (35,71%) y en una ocasión, aunque existen algunas dudas, todo apunta a un grupo autónomo denominado GAAE.
Además, del total de 16 víctimas nueve fallecieron en Hernani (56,25%). Cinco causadas por ETA, tres por BVE y una sin determinar.
Si atendemos a los retratos municipales elaborados por la Secretaría General para la Paz y la Convivencia del Gobierno Vasco a partir de 2016, Errenteria y Hernani (ambas con siete fallecidos) son las localidades de la Comunidad Autónoma Vasca con mayor número de violaciones del derecho a la vida causadas por grupos de extrema derecha, parapoliciales o cuerpos policiales tras las tres capitales de provincia. Asimismo, Hernani se encuentra entre los diez municipios con más de 5.000 habitantes en los que el número de víctimas mortales (reconocidas por el Gobierno Vasco como víctimas de violación del derecho a la vida) causadas por la violencia política estatal es igual o superior a las producidas por victimarios pertenecientes a grupos armados de carácter subversivo[221]. En este municipio, siete fallecieron a manos de ETA, siete son víctimas de la violencia política estatal y un caso figura con “autoría confusa”[222].
Por otra parte, en cuanto a los períodos históricos en los que se producen los atentados mortales, tan solo uno sucedió durante los últimos años del Franquismo, nueve durante la transición (56,25%) y seis entre 1983 y 2003 (37,5%). Seis de los nueve casos producidos en el período de la transición fueron en el año 1980, lo que supone el 66,67% de los casos para ese período y el 37,5% del total; siendo, por tanto, el año en el que más víctimas de violación del derecho a la vida se dieron en el caso de Hernani.
La autoría del primer atentado se atribuye a ETAm, en 1975. De las nueve víctimas documentadas entre 1976 y 1982, seis fueron causadas por grupos de extrema derecha o parapoliciales, dos por ETAm y una por el GAAE. Por último, de las víctimas del período comprendido entre 1983 y 2003, cuatro fueron causadas por ETA y dos por los GAL[223].
RECUENTO DE VÍCTIMAS MORTALES {46}
|
ETAM |
ETAPM |
CAA |
OTROS |
BVE |
GAE |
GAL |
TRIPLE A |
OTROS |
FSE |
GRAPO |
FRAP |
Ministerio del Interior{47} |
829{48} |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
82 |
|
Dirección general de atención a las víctimas (Ministerio de Interior){49} |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Gobierno Vasco (Secretaría de Paz y Convivencia){53} |
760{54} |
23 |
44{55} |
10 |
19 |
7 |
24 |
5 |
18 |
94 |
|
|
Instituto Valentin Foronda{56} |
782{57} |
21 |
32 |
10 |
16 |
6 |
27 |
8 |
5 |
|
|
|
Covite{58} |
584{59} |
|
25 |
8 |
9 |
5 |
2 |
6 |
2 |
|
41{60} |
|
AVT{61} |
923 |
|
23 |
|
|
1 |
|
|
1 |
|
78 |
4 |
FVT{62} |
856 |
|
|
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|
|
|
86 |
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Euskal Memoria{63} |
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484{64} |
|
|
HERNANI |
7 |
|
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1{65} |
4 |
|
2 |
1 |
|
1 |
|
|
En cuanto a la situación procesal de estos 16 atentados con resultado de muerte, la mayor parte de ellos (10, el 62,5%) han sido juzgados y sus autores condenados[224]. Entre estos se incluye seis atentados perpetrados por ETA y cuatro por el BVE. Además, hay dos casos sobreseídos, los correspondientes a las víctimas causadas por el GAL, uno archivado, un caso amnistiado por la Ley de Amnistía de 1977[225] y sobre dos no existen datos al respecto. Por tanto, el 100% de los casos en los que la autoría corresponde a ETA los hechos han sido juzgados y sentenciados, mientras que con respecto a los atentados mortales cometidos por grupos de extrema derecha, parapoliciales y el terrorismo de Estado, este resultado se reduce al 57%[226].
Por último, cabe señalar la especificidad del caso relativo a la muerte de Aurelia Jiménez. Perteneciente al colectivo gitano de Hernani, Aurelia tenía 30 años cuando falleció por disparos de la Guardia Civil en el municipio navarro de Cortes. Los hechos sucedieron sobre 05:15 horas de la madrugada del 24 de agosto de 1980, cuando la fallecida, junto a otras dos personas, se encontraba supuestamente cometiendo un robo de material de estaño y aluminio en la factoría Funansa. Según la versión oficial trasmitida a los medios de comunicación, los agentes de la Guardia Civil que se acercaron al lugar realizaron varios disparos, al desobedecer las tres personas implicadas las señales de alto. Uno de estos disparos alcanzó en la tráquea a Aurelia Jiménez, causándole la muerte.
LISTADO DE VÍCTIMAS DE VIOLACIÓN DEL DERECHO A LA VIDA
NOMBRE |
NATURALEZA |
VECINDAD |
EDAD |
ESTATUS |
AUTORÍA |
FECHA |
LUGAR{66} |
SITUACIÓN PROCESAL |
1960 - 1975 |
||||||||
Lesmes Martín, Demetrio |
Salamanca |
Hernani |
55 |
Civil* |
ETAm |
1975.08.08 |
Hernani |
Amnistiado |
1976 - 1982 |
||||||||
Salvador Bernardo Jonio, David |
Bilbao |
Hernani |
45 |
Civil |
Triple A |
1977.10.07 |
Andoain |
Sin datos |
Artola Goikoetxea, José Fernando |
Hernani |
Antzuola |
54 |
Civil |
ETAm |
1979.01.30 |
Antzuola |
Sentenciado |
Sagarna Ormazabal, Felipe |
Hernani |
Hernani |
42 |
Civil |
BVE |
1980.04.19 |
Hernani |
Sentenciado |
Jiménez García, Aurelia |
|
Hernani |
30 |
Civil |
Guardia Civil |
1980.08.24 |
Cortes |
Sentenciados |
Arbelaitz Etxeberria, Miguel |
Hernani |
Hernani |
33 |
Civil |
BVE |
1980.09.07 |
Hernani |
Sentenciado |
Elizondo Arrieta, Luis |
Hernani |
Hernani |
34 |
Civil |
BVE |
1980.09.07 |
Hernani |
Sentenciado |
Pérez López de Orueta, José María |
Bilbao |
Donostia |
30 |
Civil |
ETAm |
1980.10.31 |
Hernani |
Sentenciado |
Altimasbere Escoz, Joaquín |
Irun |
Hernani |
31 |
Civil |
BVE |
1980.11.14 |
Urnieta |
Sentenciado |
Murillo Chacón, Antonio |
Badajoz |
Hernani |
25 |
Civil |
GAAE |
1981.06.26 |
Hernani |
Archivado |
1983 - 2003 |
||||||||
Quintanilla Salas, Arturo |
Burgos |
Hernani |
44 |
Civil |
ETA |
1983.09.05 |
Hernani |
Sentenciado |
Pulido Pavón, Juan José |
Cáceres |
Hernani |
32{67} |
Civil |
ETA |
1983.10.08 |
Hernani |
Sentenciado |
Goikoetxea Errazkin, Rafael |
Hernani |
Baigorri |
30 |
Militante de ETA |
GAL |
1984.05.03 |
Arrosa |
Sobreseído |
Astiasuinzarra Pagola, Inaxio |
Hernani |
Hernani |
35 |
Militante de ETA |
GAL |
1985.09.25 |
Baiona |
Sobreseído |
Totorika Vela, Iñaki |
Portugalete |
Portugalete |
25 |
Policía autonómica |
ETA |
2001.03.09 |
Hernani |
Sentenciado |
Pagazaurtundua Ruiz, Joseba |
Hernani |
Andoain |
|
Policía local |
ETA |
2003. 02.08 |
Andoain |
Sentenciado |
Al igual que en el resto de los cuadros que aparecen en este libro, el estatus asociado a las víctimas puede ser anterior al suceso y por tanto no estar vigente cuando este sucedió. En estos casos el estatus se ha añadido debido a la trascendencia que tuvo en el suceso.
* Miembro de la organización paramilitar Guardia de Franco (AHPG; SIGC, 1975).
Las otras dos personas consiguieron huir, si bien posteriormente fueron interceptadas y detenidas[227]. Sobre este caso se abrieron diligencias previas en el Juzgado de Tudela. El guardia civil que efectuó los disparos (José López Barranquero) fue condenado por la Audiencia Provincial de Pamplona a siete meses de prisión y al pago de una indemnización, como autor de un delito de imprudencia temeraria con resultado de homicidio[228].
Por tanto, esta muerte constituye un caso de violación del derecho a la vida causado por agentes policiales, en lo que puede considerarse, siguiendo las directrices y la terminología aplicada por Gobierno Vasco, un “abuso de poder o uso ilegítimo de la violencia policial”[229]. No obstante, este suceso no tiene a priori una clara motivación política.
[216] Gogora, 2016.
[217] López, 2014.
[218] ETAm o ETA, sin que ninguno de ellos sean responsabilidad de ETApm o cualquier otro grupo armado de carácter subversivo.
[219] López, 2014. Gogora, 2016.
[220] Wihelmi, 2016, pp. 393-395.
[221] Datos contrastados con los informes por municipios elaborados por la Dirección de Víctimas y derechos Humanos del Gobierno Vasco Retratos municipales de las vulneraciones del derecho a la vida en el caso vasco 1960-2010. Solo en Astigarraga, Leioa, Derio y Ortuella se cuantifican más fallecidos la violencia política estatal que por grupos subversivos. (Consultado: 31 de mayo de 2021): https://www.euskadi.eus/retratos-municipales/web01-s1lehbak/es//p>
[222] Gogora, 2016.
[223] Ibídem.
[224] Fonseca, 2014.
[225] Ley 46/1977.
[226] Fonseca, 2014.
[227] Punto y Hora, n° 1919, p. 64. Diario Vasco, 26 de agosto de 1980, El País, 26 de agosto de 1980
[228] Diario Vasco, 26 de agosto de 1980. Ballester, 2022
[229] Ley 12/2016, de 28 de julio, de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999.
{46} El marco geográfico de las cifras que se aportan se refieren al Estado español, a excepción de los relativos a Euskal Memoria, la Comisión de Valoración dependiente del Gobierno Vasco y Covite.
{47} Información emitida en 2014.
{48} Incluye a las víctimas de las diferentes escisiones de ETA, así como a otras organizaciones (CCAA, DRIL.).
{49} Ibídem.
{50} Información emitida en 2009. Se diferencia entre 843 víctimas de ETA y 12 víctimas de organizaciones “afines”.
{51} Información emitida en 2010.
{52} Información emitida en 2017.
{53} Datos presentados en el Informe-base de vulneraciones de derechos humanos en el caso vasco (19602013). El conjunto de las víctimas causadas por ETA, ETApm, KAA y otros grupos armados de extrema izquierda se circunscriben al conjunto del Estado español, mientras que las relativas a las causadas por las fuerzas de seguridad del Estado, grupos parapoliciales y extrema derecha se refieren al ámbito exclusivo de la Comunidad Autónoma Vasca.
{54} Incluye 18 víctimas antes de la escisión, más 1 víctima cuya autoría se atribuye a ETA VIII Asamblea.
{55} Incluye a 13 víctimas que los autores del informe sitúan en un subapartado dependiente del apartado correspondiente a CCAA, el cual se titula: “Casos que necesitan mayor investigación (ETA+CCAA)”.
{56} López Romo, R. Informe Foronda. Los contextos históricos del terrorismo en el País Vasco y la consideración social de sus víctimas 1968-2010.
{57} Se especifica que las 782 víctimas corresponden a acciones de ETA y ETAm.
{58} Datos relativos a Hego Euskal Herria extraídos de la herramienta digital “Mapa del Terror”.
{59} Incluye a las víctimas de las diferentes escisiones de ETA.
{60} Datos relativos a la Comunidad Autónoma de Madrid.
{61} Incluye a las víctimas de las diferentes escisiones de ETA, así como a otras organizaciones (CCAA, DRIL.).
{62} Ibídem.
{63} Datos relativos a Euskal Herria.
{64} Según se recoge en la página web de Euskal Memoria esta cuantificación alude a “fallecidos en el contexto del conflicto y a causa de la represión” a partir de 1960.
{65} Autoría más probable: GAAE.
{66} Lugar en el que se cometió el atentado, aunque posteriormente la muerte se certificara en un centro hospitalario.
{67} Edad: 32 años (El País), 38 (Vidas Rotas) y 50 (Diario Vasco).